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Glosario de Seguridad Social Paname�a

Presentamos una serie de conceptos de uso frecuente en la Seguridad Social Paname�a.


A - B - C - D - E - F - G - H - I - J - K - L - M - N - O - P - Q - R - S - T - U - V - W - X - Y - Z


A

ABORTO: Es todo producto de la concepci�n, cuya gestaci�n es interrumpida espont�nea o provocado, antes de cumplir 180 d�as (menos de seis meses).


ACCIDENTE DE TRABAJO: Es toda lesi�n corporal org�nica y/o mental o perturbaci�n funcional inmediata o posterior, producida por la acci�n repentina o violenta de una causa exterior, o de esfuerzo en la ejecuci�n del o por consecuencia del trabajo, cualquiera sea el lugar y el tiempo en que se presente.


ACCIDENTE DE TRAYECTO: El que ocurra al trabajador de su domicilio al lugar en que desempe�e su trabajo o viceversa.


ACTIVO: Conjunto de bienes y derechos que forman parte del patrimonio.


AFILIACI�N: Acto formal de incorporaci�n de un asegurado a la Caja de Seguro Social como cotizante o dependiente de un cotizante.


ASEGURADO: Persona afiliada conforme a los requisitos establecidos por Ley Org�nica de la Caja de Seguro Social, ya sea al r�gimen obligatorio o al voluntario, y protegida por el sistema, gener�ndole el derecho a alguna o a todas las prestaciones otorgadas en virtud de esta Ley.


ASEGURADO ACTIVO: Todo trabajador al Servicio del Estado, de las Provincias, Municipios, Entidades Aut�nomas y Semi-Aut�nomas, Organizaciones P�blicas Descentralizadas.

Todo trabajador al servicio de personas naturales o jur�dicas que operen en el territorio nacional, as� como el independiente y el ocasional al afiliarse voluntariamente, en un per�odo determinado.

Tambi�n se considera asegurado activo a los trabajadores que temporalmente hayan cesado en la realizaci�n de su trabajo por haberse acogido a un subsidio de maternidad, de incapacidad o pensi�n por accidente de trabajo o enfermedad profesional.


ASEGURADO COTIZANTE: Persona natural, nacional o extranjera, que aporta cuotas por s� misma o a trav�s de terceras personas, para tener derecho a los beneficios que otorga la Caja de Seguro Social.


ASEGURADO VOLUNTARIO: Los trabajadores y trabajadoras independientes que no se contemple en el r�gimen obligatorio que logren, si el Reglamento de Seguro Voluntario as� lo autoriza ingresar al r�gimen del Seguro Social.


ASIGNACI�N FAMILIAR: Es la prestaci�n en dinero que recibe adicionalmente el pensionado por invalidez o vejez, y la misma se otorga por tener esposa o c�nyuge y si �ste fuera inv�lido y los hijos menores de edad o inv�lidos.


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B

BALANCE: Confrontaci�n de activos y pasivos para verificar el estado econ�mico financiero a una determinada fecha.


BENEFICIARIO:: Persona que tenga derecho a alguna prestaci�n por la Caja de Seguro Social, por la ocurrencia de alguno de los riesgos cubiertos por la Ley Org�nica de la Caja de Seguro Social.


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C

CAMA - DOTACI�N O CAMAS DISPONIBLES: Son aquellas camas existentes en los distintos servicios o salas de la instalaci�n, en condiciones de uso para la atenci�n de los pacientes hospitalizados. Su total se obtiene sumando las camas ocupadas y las desocupadas, pero aptas para ser ocupadas por los pacientes.


CES�REA: Liberaci�n del feto por la secci�n de las paredes abdominales y uterinas.


COMISI�N DE PRESTACIONES: Es el organismo de la Caja de Seguro Social, encargado de resolver las solicitudes relacionadas con las prestaciones econ�micas y dem�s beneficios sociales que conceden los reglamentos.


COMISION M�DICA CALIFICADORA: Es el organismo m�dico facultado para emitir los criterios m�dicos respecto a los porcentajes de afecci�n f�sica y/o mental con los cuales ha quedado el trabajador (a), ya sea por riesgo de enfermedad com�n o de riesgos profesionales.


CONSULTA �XTERNA: Es el acto m�dico u odontol�gico proporcionado por un profesional calificado, a un paciente no hospitalizado, en unidades m�dicas o en domicilio del paciente.


CONSULTA M�DICA: La atenci�n brindada por un profesional m�dico en un consultorio externo, o en el domicilio del paciente. Si varios m�dicos en un mismo momento atienden a un enfermo, �ste recibe s�lo una consulta, en cambio si es revisado en distintos consultorios en el mismo d�a o en el mismo lugar por diferentes m�dicos, en momentos diferentes, se contabilizan tantas consultas cuantas veces se efect�o esa prestaci�n.


CONSULTANTE AMBULATORIO: Es la persona que utiliza los servicios de diagn�stico y/o tratamiento en una Instalaci�n, sin ocupar una cama de hospital.


CONTINGENCIA: T�rmino relacionado con la probabilidad de que suceda un evento.

El Seguro Social cubre las contingencias y proporciona los servicios especificados en cada r�gimen mediante prestaciones en especie y en dinero.


CUOTA, COTIZANTE O APORTE: Parte o proporci�n del sueldo o los sueldos, de los honorarios de los independientes contribuyentes y no contribuyentes o informales y de los ingresos de las personas incorporadas al r�gimen de seguro voluntario, que debe pagarse para tener derecho a los beneficios que otorga la Caja de Seguro Social.


CUENTA INDIVIDUAL: Historial que se lleva en la Caja de Seguro Social para cada cotizante en el que se indican, adem�s de las generales de la persona, los salarios cotizados mensualmente por cada empleador, en el caso de los empleados, y los honorarios sobre los cuales hayan cotizado los independientes contribuyentes y no contribuyentes o informales y los incorporados al r�gimen voluntario.


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D

DEFUNCI�N: Es la desaparici�n permanente de todo signo de vida de un asegurado (a) despu�s del nacimiento con vida, debidamente certificado por las entidades correspondientes. (cesaci�n postnatal de las funciones vitales sin posibilidades de resucitar).


DENSIDAD DE CUOTAS: Es el cociente entre el n�mero de cuotas pagadas en un per�odo determinado y el n�mero de meses comprendido en dicho per�odo referido a una misma unidad de tiempo.


DEPENDIENTE: Persona que dependa econ�micamente de un cotizante, dentro de los l�mites establecidos en Ley Org�nica de la Caja de Seguro Social.


DIA CAMA: Unidad de medida que indica el recurso que tiene el hospital para internar pacientes durante las 24 horas del d�a. Se obtiene de multiplicar el n�mero de camas con que cuenta el hospital por el n�mero de d�as considerados.


DIAS ESTANCIA: Es el n�mero de d�as que permaneci� hospitalizado un paciente egresado en la Instalaci�n Hospitalaria. Se obtiene restando de la fecha de egreso la fecha de ingreso. Si el egreso ocurre el mismo d�a del ingreso se registrar� como un d�a � estancia.


DIA PACIENTE: Es la unidad de medida del alojamiento y atenciones prestadas a un paciente internado en un per�odo de 24 horas entre las horas de censo de dos d�as sucesivos, en una cama disponible del hospital.

Unidad de medida que indica la permanencia de un paciente de un paciente en una cama censable dentro de un per�odo de 24 horas.


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E

EGRESO O SALIDA DE HOSPITALIZACI�N: Es el registro de salida de la Instituci�n hospitalaria de un paciente que haya ocupado una cama de hospitalizaci�n.

Es el retiro de un paciente del hospital, una vez que se hayan cumplido los tr�mites m�dico-administrativos establecidos para tal fin.


EMPLEADO: Persona natural, nacional o extranjera, que siendo un trabajador, realiza labores por cuenta ajena a favor de un empleador, en virtud de una relaci�n laboral expresa o t�cita, dentro de la Rep�blica de Panam�.


EMPLEADOR: Persona natural o jur�dica de derecho p�blico o privado, que usa los servicios de un empleado, en virtud de un contrato de trabajo, expreso o t�cito mediante el pago de un sueldo.


ENFERMEDAD: Un estado que impide al individuo desempe�ar sus funciones sociales, profesionales o de otro tipo, debido a alteraciones de su salud f�sica y/o mental.


ENFERMEDAD PROFESIONAL: Se considera como enfermedad profesional a todo estado patol�gico que se manifieste de manera s�bita o por evoluci�n lenta a consecuencia del proceso de trabajo y/o de las condiciones de ambiente en que �ste se ejecute.


ESPERANZA DE VIDA: Es el n�mero promedio de a�os que las personas de una edad determinada pueden esperar vivir, suponiendo que prevalezcan los patrones de mortalidad observados en un tiempo dado.


ESPERANZA DE VIDA AL NACER: Es el n�mero promedio de a�os que puede esperar vivir una generaci�n de nacidos vivos, suponiendo que prevalezcan los patrones de mortalidad observados en un momento o per�odo.


ESPERANZA DE VIDA AL NACER: Es el n�mero promedio de a�os que puede esperar vivir una generaci�n de nacidos vivos, suponiendo que prevalezcan los patrones de mortalidad observados en un momento o per�odo.


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F

FLUJO DE EFECTIVO: Es un estado financiero que contempla la estimaci�n de los ingresos de efectivo para un ejercicio o una serie de ejercicios consecutivos, cuya finalidad principal es prever con anticipaci�n si el organismo tiene medios disponibles suficientes para liquidar sus compromisos estimados, invirtiendo las disponibilidades ociosas en forma productiva; o bien en caso de que los dos estimados no sean suficientes para liquidar oportunamente sus compromisos, programar el aplazamiento de pasivos o buscar financiamientos de apoyo.


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G

H

I

INCAPACIDAD (Certificado de): Documento que otorgan los m�dicos y odont�logos donde comunican la incapacidad para el trabajo o el tiempo que tiene un paciente que no puede ejercer sus funciones regulares.


INCAPACIDAD PERMANENTE ABSOLUTA: Para efectos del seguro riesgos profesionales es la producida por alteraciones org�nicas o funcionales, de duraci�n no previsible, que impidan al asegurado desempe�ar cualquier clase de trabajo remunerado.


INCAPACIDAD TEMPORAL: Es la p�rdida de facultades o aptitudes que imposibilita a una persona parcial o totalmente, para desempe�ar su trabajo por alg�n tiempo.


INCOMPATIBILIDAD DE PRESTACIONES: Significa que un mismo beneficiario no puede recibir m�s de una prestaci�n en dinero en forma simult�nea por parte de la Caja de Seguro Social. Se except�an las prestaciones se�aladas por la Ley N� 67 del 19 de diciembre de 2001.


INCREMENTO EXCESIVO DE SALARIOS: Aumento de salarios en los �ltimos 15 a�os tendientes a aumentar indebidamente el monto de las pensiones de invalidez, vejez y muerte.


INDEMNIZACION:: Prestaci�n econ�mica de pago �nico que se reconoce en determinado casos, cuando no se cumple con los requisitos, se�alados por esta Ley, para el otorgamiento de una pensi�n por el riesgo correspondiente.


INDEPENDIENTE: Persona natural, nacional o extranjera, que siendo trabajador, realiza labores dentro de la Rep�blica de Panam�, que le producen un ingreso, sin que exista un contrato de trabajo o una relaci�n laboral, y que tiene las siguientes caracter�sticas:

a. No est� subordinado a recibir �rdenes directas de quien lo contrata.

b. No depende econ�micamente de quien lo contrata.


INDEPENDIENTE CONTRIBUYENTE: Persona natural, nacional o extranjera, que siendo independiente, recibe como �nica retribuci�n por sus ingresos, honorarios por una suma superior a los nueve mil seiscientos balboas (B/. 9,600.00) anuales.


INDEPENDIENTE NO CONTRIBUYENTE O INFORMAL: Persona natural, nacional o extranjera, que siendo independiente, no recibe como ingreso, ninguna otra retribuci�n, m�s que honorarios, por una suma inferior a los nueve mil seiscientos balboas (B/.9,600.00) anuales.


INSCRIPCION: Registro en la Caja de Seguro Social de toda persona natural o jur�dica, de derecho p�blico o privado, que opere en el territorio nacional y que utilice los servicios de un empleado o aprendiz, en virtud de un contrato de trabajo, expreso o t�cito, mediante el pago de un sueldo o salario.


INVALIDEZ: Se considerar� inv�lido para efectos de este riesgo, el asegurado que, a causa de la p�rdida o anormalidad de una estructura o funci�n psicol�gica, fisiol�gica o anat�mica, haya sufrido la merma de dos tercios de su capacidad laboral.


INVESTIGACI�N LABORAL: Es la actividad investigativa que realiza la Caja de Seguro Social antes de otorgar una prestaci�n econ�mica al asegurado (a), cuando �sta se amerita.


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J

K

L

M

MUERTO O MUERTE FETAL: Se entiende por tal, la muerte de un producto de la concepci�n antes de la expulsi�n o extracci�n completa del cuerpo de la madre, independiente de la duraci�n y edad del embarazo. Indica la funci�n la circunstancia que despu�s de la expulsi�n o extracci�n, el feto no respira ni da otra se�al de vida, tales como palpitaciones del coraz�n, pulsaciones del cord�n umbilical o movimientos efectivos de los m�sculos de contracci�n voluntaria.


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N

O

P

PARTO: Es el acto de dar a luz un ni�o vivo o un feto muerto. Procedimiento para asistir el nacimiento de un ni�o vivo o un feto muerto el cual puede ser por medio manual, instrumental o quir�rgico.


PASIVO: Representaciones financieras de las obligaciones contra�das por una determinada compa��a que se ha comprometido a transferir recursos econ�micos, como resultado de una operaci�n o acontecimiento anterior que afecta a la empresa.


PASIVOS CIRCULANTES: Son las cuentas por pagar, los pr�stamos a corto plazo y los impuestos no pagados que tendr�n que liquidarse durante el actual per�odo fiscal.


PATRIMONIO: Diferencia entre Activo y Pasivo. Conjunto de bienes, derechos y obligaciones de una persona susceptible de evaluaci�n en dinero efectivo.


PATRONO EMPLEADOR: Toda persona natural o jur�dica, de derecho p�blico o privado que use los servicios de un trabajador en virtud de un contrato de trabajo expreso o t�cito mediante el pago de un sueldo.


PENSION DE INVALIDEZ: Es la pensi�n que se concede al asegurado que ha sido declarado inv�lido a causa de enfermedad o accidente com�n y que cumple con los requisitos legales establecidos en la Ley Org�nica de la Caja de Seguro Social.


PENSION DE VEJEZ: La pensi�n de vejez tiene como finalidad, reemplazar dentro de ciertos l�mites los ingresos que deje de percibir de su ocupaci�n, al momento de cumplir la edad de retiro establecida por la Ley Org�nica de la Caja de Seguro Social.


PENSIONADO: D�cese del asegurado o del beneficiario que cumple con los requisitos establecidos por la Ley Org�nica, recibe una prestaci�n econ�mica de la Caja de Seguro Social, pagadera en rentas mensuales o quincenales por per�odos prolongados o indefinidos de tiempo.


POBLACI�N PROTEGIDA: Persona que tenga derecho a alguna prestaci�n por la Caja de Seguro Social, por la ocurrencia de alguno de los riesgos cubiertos por la Ley Org�nica de la Caja de Seguro Social.


PRESTACI�N ECON�MICA: Suma de dinero que se concede al asegurado, o beneficiario al sobrevenirle alguna contingencia amparada por la Caja de Seguro Social, previo cumplimiento de los requisitos exigidos por la Ley.


PRIMA DE RIESGOS PROFESIONALES: Son las aportaciones que deber�n pagar exclusivamente los patronos para cubrir el seguro de riesgos profesionales de acuerdo con las tarifas establecidas por la Caja de Seguro Social.


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Q

R

RIESGO: Contingencia futura e incierta, cuyas consecuencias producen, por la Caja de Seguro Social, dentro de su capacidad financiera, la dispensaci�n de prestaciones m�dicas y econ�micas.


RIESGOS PROFESIONALES: Son los accidentes y enfermedades a que est�n expuestos los trabajadores a causa de las labores que ejecutan por cuenta de un patrono.

Tambi�n se entender� por Riesgos Profesionales toda enfermedad, perturbaci�n funcional o agravaci�n, que sufra posteriormente el trabajador como consecuencia del accidente de trabajo o enfermedad profesional, de que haya sido v�ctima.


R�GIMEN OBLIGATORIO: Es el mecanismo de incorporaci�n de todos los trabajadores a los beneficios que proporciona la Caja de Seguro Social. Comprende la protecci�n completa de todos los riesgos previstos por la Ley y da derecho a recibir las prestaciones m�dicas y econ�micas que la misma establece en caso de realizarse los riesgos.

El instrumento legal mediante el cual se desarrolla la Ley.


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S

SALARIO A DESTAJO O POR PORCENTAJE: Salario o ingreso que recibe un trabajador en relaci�n directa con el volumen de tareas realizadas o cantidades de productos elaborados, manufacturados o tratados, el cual var�a conforme a ese volumen.


SERVICIOS MEDICOS: Son los servicios relacionados con la atenci�n m�dica, y efectuados por la direcci�n de un m�dico, enfermeras y otro personal profesional y t�cnico, en beneficio de los pacientes.


SUBSIDIO: Prestaci�n econ�mica de car�cter transitorio, que se concede cuando existe incapacidad para trabajar y que sustituye en parte el salario que deja de percibir, durante ese periodo, el trabajador incapacitado o la asegurada en concepto de licencia por maternidad.


SUBSIDIO DE ESCOLARIDAD (AUXILIO): Subsidio en dinero anual que se le concede a los hu�rfanos (de 14 a 25 a�os con aprovechamiento y de colegios secundarios y/o universidades) del asegurado para atender el pago de matr�cula u otros gastos escolares y que no califique para una pensi�n de sobreviviente.


SUBSIDIO DE FUNERALES: Para ayudar a los gastos que origine la muerte del asegurado sea activo o pensionado, la Caja reconoce un subsidio de funeral, cuyo monto asciende a B/.300.00 balboas.


SUBSIDIO DE MATERNIDAD: Cantidad de dinero que se reconoce a la asegurada en estado de gravidez siempre que cumple con los requisitos establecidos en la Ley Org�nica de la Caja de Seguro Social.


SUBSIDIO DE PROTESIS DENTAL: Es la prestaci�n en dinero que se le otorga a los pensionados y jubilados por Vejez o Invalidez y por incapacidad permanente absoluta, y absoluta parcial de Riesgos Profesionales que no les permita trabajar, tendr�n derecho a solicitar pr�tesis dental.


SUBSIDIO DE LENTES: Es la prestaci�n en dinero que se le otorga a los pensionados y jubilados por Vejez o Invalidez y por incapacidad permanente absoluta, y absoluta parcial de Riesgos Profesionales que no les permita trabajar, tendr�n derecho a solicitar lentes.


SUELDO BASE MENSUAL: El promedio que resulta para cada empleado y las personas incorporadas al r�gimen voluntario, al dividir el total de los sueldos o salarios sobre los cuales haya cotizado, entre el n�mero de meses cotizados, referidos a una misma unidad de tiempo.


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T

TASA DE MORTALIDAD HOSPITALARIA: Cociente del n�mero de defunciones de pacientes internados ocurridas durante un per�odo entre el n�mero de egresos registrados en ese mismo per�odo, multiplicado por cien. Se utiliza el concepto de los que fallecen antes o despu�s de 48 horas, buscando identificar aquellas muertes que presumiblemente, pudieron ser evitadas por el hospital con mayor probabilidad de �xito.


TRABAJADOR: Toda persona natural, nacional o extranjera, que presta servicios remunerados en dinero o en especie, dentro de la Rep�blica de Panam�, incluyendo sin limitaci�n a los empleados, los independientes contribuyentes y no contribuyentes o informales.


TRABAJADOR DOM�STICO: Empleado que se dedica en forma habitual y continua a labores del hogar, como las de aseo, asistencia, cocina, lavado y servicios en residencias particulares, que no generen lucro o negocio para el empleador.


TRABAJADOR ESTACIONAL: Empleado que se desarrolla tareas espec�ficas dentro de estaciones de producci�n, seg�n determinadas actividades econ�micas.


TRABAJADOR EVENTUAL: Empleado que no pertenece a la categor�a de planta estable, pero que se ocupa de tareas relacionadas directamente con la finalidad t�pica de la empresa, negocio o explotaci�n del empleador.


TRABAJADOR OCASIONAL: Empleado que, sin ser permanente, brinda servicios o realiza labores accesorias o no, identificables directamente con la finalidad econ�mica del empleador.


TRABAJADORES POR CUENTA AJENA: Servidores p�blicos y empleados de personas naturales o jur�dicas, permanentes o eventuales, que operen en el territorio nacional, salvo las personas naturales domiciliadas en el territorio nacional al servicio de organismos internacionales y de misiones diplom�ticas y consulares acreditadas en Panam�.


TRABAJADORES POR CUENTA AJENA: Servidores p�blicos y empleados de personas naturales o jur�dicas, permanentes o eventuales, que operen en el territorio nacional, salvo las personas naturales domiciliadas en el territorio nacional al servicio de organismos internacionales y de misiones diplom�ticas y consulares acreditadas en Panam�.

Quedan comprendidos as� mismo dentro de esta categor�a, aquellos empleados o servidores p�blicos que reciban remuneraciones del Estado a base de un tanto por ciento de las recaudaciones percibidas, como los recaudadores y los c�nsules ad hon�rem.


TRABAJADORES POR CUENTA PROPIA: Independientes que brindan servicios al Estado o particulares en el territorio nacional, los cuales se clasifican en contribuyentes y no contribuyentes o informales, incluyendo a los notarios.


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U

V

VIVO: Se entiende por tal, la expulsi�n o extracci�n completa del cuerpo de la madre, independiente de la duraci�n del embarazo, de un producto de la concepci�n que despu�s de estar fuera del cuerpo materno respira o da cualquier otra se�al de vida, tales como palpitaciones del coraz�n, pulsaciones del cord�n umbilical o movimientos efectivos de los m�sculos de contracci�n voluntaria, tanto as� se ha cortado o no el cord�n umbilical y est� o no desprendida de la placenta. El producto de un nacimiento que re�ne estas condiciones, se considera como un nacimiento vivo.


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W

X

Y

Z

Caja de Seguro Social - Panam�